Funcionará bajo la órbita de la Dirección de Fiscalización de Industrias e Inspección General

Los aspirantes a operar estos aparatos deberán acceder a una capacitación especial la que deberá ser teórica y práctica. La misma queda bajo responsabilidad de la empresa empleadora.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible vuelve a regular uno de los aspectos fundamentales para la disminución de los accidentes laborales / industriales, marco en el cual se registran víctimas fatales todos los años. El ente estatal retoma la certificación de los operarios de cámaras frigoríficas (frigoristas) y elimina la discrecionalidad, la evaluación en papel y los gastos de traslado innecesarios para la toma de exámenes a foguistas (operarios de calderas).

Se considera foguista a aquella persona humana con capacitación especial y certificado de habilitación otorgado por Autoridad Competente para operar aparatos sometidos a presión con fuego. Así mismo, se considera frigorista a aquella persona humana con capacitación especial y con certificado de habilitación otorgado por Autoridad Competente para operar aparatos sometidos a presión sin fuego, que utilicen productos refrigerantes, en instalaciones destinadas a producir frío.

El certificado de habilitación es único e intransferible y deberá ser emitido por la Autoridad de Aplicación. El mismo tendrá formato físico y digital y tendrá una validez de cinco (5) años a partir de la fecha de emisión.

Las industrias tienen el deber de garantizar que cada persona que manipule aparatos sometidos a presión esté formada y habilitada a tal fin. Esta obligación está vinculada a los accidentes laborales más riesgosos, por ejemplo: las fugas de amoníaco en establecimientos frigoríficos o las calderas que explotan y desencadenan incendios en distintas fábricas y casas linderas.

 

ACÁ LA RESOLUCIÓN: RS-2021-24354223-GDEBA-OPDS