Con motivo de estar llevándose adelante por parte de algunos Agentes Municipales una solicitud relacionada con la categorización de los depósitos, que no corresponde en virtud de una Nota Aclaratoria de la OPDS que adjuntamos, es que procedemos a la siguiente comunicación:

Estimados socios,

El Decreto N°973/2020, reglamentario de la ley de radicación industrial, incorporó en el Anexo III – Nomenclador de Actividades, el Código 522099 “Servicios de Almacenamiento y Depósito N.C.P.”.

En el marco de la Mesa Ambiental Industrial, oportunamente se planteó al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible -OPDS- que debería respetarse la definición de establecimiento industrial de la Ley N°11459, por lo cual claramente las actividades descriptas no podrían encuadrarse como industrias, y merecerían una normativa específica para la regulación de dicha actividad; y por ello solicitamos modificar la normativa, excluyendo dicho código de actividad.

En el transcurso de ese trámite, se ha convenido con el Organismo que envíe un comunicado a los Municipios, explicitando el alcance de ese código, con el fin de esclarecer en qué casos correspondería la categorización.

Ante el conocimiento de casos en donde Municipios están solicitando categorizar depósitos, ponemos a disposición la nota remitida por el OPDS a los fines de presentarla ante el Municipio correspondiente.

 

Nota aclaratoria OPDS por 522099