En virtud de que la norma fue oportunamente suspendida por el término de 180 días, finalmente a través de la Resolución 70/2021, quedó derogada.
Las razones que llevaron al Ministerio de Desarrollo Productivo a tomar esta decisión, se enmarca en las reiteradas inconveniencias que ocasionaban la implementación y sobre todo cuando era necesario introducir modificaciones en algún reglamento técnico, lo que llevaba a un procedimiento por demás engorroso y poco práctico.
Una vez que se analizó la mencionada normativa, se concluyó en su ineficacia, “toda vez que dificulta la flexibilidad y capacidad de adaptación que necesita un reglamento técnico al momento de su diseño, implementación y desarrollo”, lo que se evidencia en los incumplimientos amparados en argumentos de excepcionalidad, necesidad o urgencia, como también, en cambios de envergadura en las normas, que vulneran el sentido del proceso diseñado.
Asimismo, se evidenciaron casos donde el cumplimiento de la Resolución N° 299/18, no garantizó que la entrada en vigencia del reglamento se diera sin problemas de implementación.
