El Poder Ejecutivo, a través del Decreto 886/2021, había ampliado la emergencia pública en materia ocupacional hasta el 30 de junio de 2022

El Decreto 886/2021 redujo el incremento indemnizatorio -también llamada “doble indemnización”– que tiene derecho a percibir el trabajador en caso de despidos sin causa y que se suma a la indemnización que le correspondiese por esta desvinculación.

El incremento indemnizatorio -o doble- se fue reduciendo en forma gradual en función al siguiente cronograma y porcentajes:

75 % de la indemnización, desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022;

50 % a partir del 1 de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022; y

25 % desde el 1 de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.

Se aclara que estos porcentajes se calcularon sobre todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.

En declaraciones a la prensa, la vocera presidencial Gabriela Cerruti hizo referencia explícita ante una pregunta periodística, al incremento de la actividad productiva y del crecimiento del empleo, lo que redunda en la decisión gubernamental de no proseguir con esta medida, que siempre según la vocera, fue tomada como resultado de la pandemia padecida durante el 2020 y 2021.

 

Ver la declaración a partir del minuto 12’21″