El Banco Central de la República Argentina (BCRA) impuso nuevos controles y cupos informativos para el pago de importaciones.

Resolución BCRA A7138 (2)

La entidad difundió la Comunicación «A» 7138, mediante la que pone en vigencia una serie de condiciones a los pagos y eleva los requisitos vigentes para dar acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente.

Ahora, la Aduana deberá verificar que el importador cuente con la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) en estado SALIDA con relación a los bienes involucrados, en todos los casos en que dicha declaración sea requisito para el registro de la solicitud de destinación de importación para consumo», dispone.

Asimismo, sostuvo que “el mismo requisito resultará de aplicación para el acceso al mercado de cambios por parte de las entidades financieras locales para la cancelación de cartas de crédito o letras avaladas emitidas u otorgadas a partir del 16.10.2020”.

De esa forma, a partir de ahora, será necesaria contar con la aprobación de Aduana para poder tener acceso al mercado de cambios, es decir que no se podrán anticipar los pedidos al BCRA. Por otro lado, desde el 2 de noviembre, quienes no tengan la autorización de Aduana serán no podrán realizar nuevos pagos anticipados de importaciones de bienes hasta tanto regularicen la situación.

Además se establece que el régimen informativo de “Anticipo de operaciones cambiarias” previsto (por el cual los bancos debían anticiparle un reporte al BCRA, 48 horas antes de la fecha establecida, las necesidades de divisas siempre que el pedido fuese por un monto superior a los u$s500.000, sufrió cambios.

A partir de hoy, ese reporte será necesario cuando las operaciones de egresos comprendidas impliquen un acceso al mercado de cambios por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a u$s50.000.

Fuente: ignacio online