Lo hace con el fin de readecuar las pautas para la registración mediante la Resolución 5053-21

La AFIP considera que en virtud de la experiencia recogida y el análisis efectuado en la aplicación del referido procedimiento, resulta necesario modificar los puntos 2.3., 3.1. y 5.1. del Anexo de la resolución general en trato, con el fin de readecuar las pautas para la registración de las destinaciones definitivas de exportación para consumo en el Sistema Informático MALVINA (SIM); regular el procedimiento ante la falta de pago de las liquidaciones al momento del registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y para el cierre de las citadas declaraciones juradas, respectivamente.

 

Aquí podrán acceder a la información completa:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248634/20210826